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Registro de viajeros por comunidad · Illes Balears

Registro de viajeros en Baleares

Cómo cumplir el registro de viajeros en las Illes Balears: partes a SES.Hospedajes en 24 horas, qué datos pedir, el número de registro turístico, la tasa turística y cómo automatizarlo.

A quién se comunican los viajeros en las Illes Balears

En las Illes Balears (Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera) los partes se comunican a SES.Hospedajes, la plataforma del Ministerio del Interior que puso en marcha el Real Decreto 933/2021. Es la misma para la Policía Nacional y la Guardia Civil, así que no tienes que averiguar a cuál de las dos te corresponde: te das de alta una vez, registras cada alojamiento y envías siempre al mismo sitio.

Para hacerlo de forma automática hace falta activar el envío por servicio web en SES, que te da un usuario (acaba en WS) y una contraseña. Te lo contamos paso a paso en cómo darse de alta en SES.Hospedajes.

Qué datos hay que pedir

Los fija el anexo del Real Decreto 933/2021 y son los mismos en toda España. De cada huésped: nombre y apellidos, sexo, fecha de nacimiento, nacionalidad, tipo y número de documento (con DNI o NIE, también el número de soporte), dirección de residencia, teléfono o correo y, si es menor, su parentesco con un adulto del grupo. De la estancia: la referencia y la fecha del contrato, las fechas de entrada y salida, el número de personas y de habitaciones, si hay internet y la forma de pago.

La lista completa, con los menores, está en qué datos hay que pedir a los huéspedes.

Plazos: 24 horas y tres años

El artículo 6 del Real Decreto 933/2021 pide comunicar la información de inmediato y, en todo caso, en 24 horas como máximo, desde que se hace o se cancela la reserva y desde que empieza la estancia. El artículo 5 obliga a conservar los datos tres años desde que acaba la estancia, a disposición de las autoridades.

El número de registro turístico

El parte de viajeros no es el único requisito. Para alquilar una vivienda turística en las Illes Balears tiene que estar inscrita en el registro turístico de tu isla, porque en Baleares la ordenación turística la llevan los consells insulars. En Mallorca es el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos del Consell de Mallorca.

Ese número autonómico no es el del Registro Único de Arrendamientos, el estatal, que el Tribunal Supremo anuló en parte en mayo de 2026. Y tener número de registro no te exime de comunicar los viajeros a la policía.

Tasa turística en las Illes Balears

Las Illes Balears tienen el impuesto sobre estancias turísticas, creado por la Ley 2/2016, de 30 de marzo, y conocido como impuesto de turismo sostenible. Lo paga el viajero por persona y noche, y el alojamiento lo cobra y lo ingresa. El importe depende del tipo de alojamiento y de la temporada, y se ha modificado varias veces desde 2016: consulta la tarifa vigente en la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB) antes de configurarla.

En Hospedera pones la tarifa en la ficha del alojamiento y se calcula sola en cada estancia, con la edad de cada huésped. El huésped ve el importe en su enlace y tú sacas el resumen por trimestre para declararla. Lo explicamos en cómo configurar la tasa turística.

Cómo lo resuelve Hospedera en las Illes Balears

Al dar de alta el alojamiento, Hospedera sabe por su municipio a qué policía va el parte. Cada huésped hace el check-in desde el móvil antes de llegar, escaneando su documento, y los datos se comprueban mientras los escribe.

Y tienes el libro de registro para una inspección, con los datos guardados cifrados y borrados solos al cumplir los tres años.

Que el registro de viajeros en las Illes Balears se haga solo

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Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el registro de viajeros en las Illes Balears si alquilo un piso turístico?

Sí. El Real Decreto 933/2021 obliga, desde el 2 de diciembre de 2024, a cualquiera que aloje a viajeros a cambio de dinero, sea un hotel o un particular que alquila en Airbnb o Booking, a recoger sus datos y comunicarlos a la policía. En las Illes Balears se comunican a SES.Hospedajes.

¿En cuánto tiempo hay que comunicarlo?

De inmediato y, como mucho, en 24 horas (artículo 6 del Real Decreto 933/2021). Son dos comunicaciones: la reserva, cuando se hace o se cancela, y el parte, cuando empieza la estancia. Después hay que conservar los datos tres años desde que acaba la estancia (artículo 5).

¿Necesito un número de registro turístico en las Illes Balears?

Sí. Además del parte de viajeros, la vivienda tiene que estar inscrita en el registro turístico de tu isla, porque en Baleares la ordenación turística la llevan los consells insulars. Ese número es autonómico y es el que sigue valiendo para anunciarse: el Registro Único estatal lo anuló en parte el Tribunal Supremo en mayo de 2026.

¿Hay tasa turística en las Illes Balears?

Sí, el impuesto sobre estancias turísticas de la Ley 2/2016, que paga el viajero por persona y noche. La tarifa depende del tipo de alojamiento y de la temporada: consúltala en la ATIB. Hospedera calcula lo que toca a cada estancia con la tarifa que pongas.

¿Cómo lo hace Hospedera en las Illes Balears?

Con el usuario del servicio web de SES puesto en Ajustes, comunica la reserva en cuanto conoce al titular, envía el parte en cuanto el último huésped termina el check-in y comprueba que SES lo ha aceptado. Si algo falla, te avisa por correo.

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Información general, revisada el 5 nov 2026. Las normas cambian: ante un caso concreto, consulta el organismo oficial.

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